La Ley N° 21.257 de "reforma constitucional que faculta al Servicio Electoral a dictar las normas e instrucciones necesarias para el desarrollo del plebiscito nacional dispuesto en el artículo 130 de la Constitución y otros procesos electorales en los términos que se indican", otorgó nuevas potestades al Servel, con especial énfasis en la fijación de medidas sanitarias que permitiesen llevar a cabo el plebiscito de entrada.
